Consejos para alquilar tu vivienda en verano

Zaballos Abogados Madrid. Consejos para Alquilar vivienda en Verano

imagen tomada de ocu.org

En plena temporada estival, resulta muy interesante; tanto si eres propietario como inquilino, conocer la manera más eficaz y jurídicamente más óptima de alquilar viviendas en verano. De esta forma podemos evitar sorpresas desagradables que hagan que nuestras merecidas vacaciones se vean frustradas. Aquí ofrecemos algunos consejos útiles de cómo actuar para que la relación jurídica que va a nacer con nuestro alquiler sea lo más segura posible para ambas partes.

Si eres inquilino

Hay que tener en cuenta que la ocupación de viviendas en régimen de alquiler se va a ver incrementada considerablemente respecto al año pasado. Debido principalmente a la libertad de desplazamientos y a la relajación de las medidas anti Covid que han entrado en vigor en toda España con la eliminación del estado de alarma.

Las viviendas turísticas en la costa española tienen un nivel de ocupación previsto para agosto del 77,7%. Lo que supone que ya se ha superado la ocupación del mes de agosto de 2020, cuando fue de un 77,3% según un estudio de Rentalia; la plataforma vacacional de idealista.

La situación anterior puede hacer que, una vez más, los precios de los alquileres en verano se disparen porque hay más competencia. Así que, según organismos de defensa del consumidor, como la OCU, es muy importante estar atentos para comparar precios en los distintos portales inmobiliarios existentes actualmente en el mercado. Los precios más bajos suelen ir ligados a una menor flexibilidad y a condiciones más reducidas. En estos casos es buena idea contratar un seguro de anulación. Desconfía de precios muy baratos y anuncios sin fotos.

Para evitar pagar de más, lo mejor es negociar con el propietario o la inmobiliaria el precio y las condiciones, pues se pueden conseguir acuerdos muy ventajosos en el contrato de alquiler si demostramos nuestra solvencia.

Igualmente, para evitar fraudes y perder tu dinero, sobre todo al haber realizado pagos anticipados por exigencia del propietario del inmueble, es muy recomendable localizar el alquiler por alguna otra página web con el fin de comprobar la veracidad de la oferta. Trata también de concertar una visita física a la vivienda antes de formalizar cualquier pago por adelantado para comprobar in situ las condiciones de la vivienda, ubicación, etc.

A la hora de formalizar el alquiler, exige siempre un contrato de alquiler de vacaciones en el que se estipulen convenientemente todas las condiciones de la contratación: período del contrato, precio, formas de pago, estado de la vivienda y de los utensilios y mobiliario que contiene, datos adicionales del propietario.

Si eres propietario

Recuerda que los alquileres (sean del tipo de que sean) vienen regulados por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) y que, adicionalmente, hay que tener en cuenta las normas de cada comunidad autónoma para el caso de los alquileres vacacionales, pues cada autonomía tiene reglas propias que hacen imprescindible un correcto asesoramiento jurídico en este sentido para no cometer errores.

En muchas comunidades autónomas, existen límites en cuanto al período máximo en el que pueden alquilarse las viviendas para uso turístico, y en otras, es obligatorio el registro de la vivienda como residencia turística para evitar multas muy cuantiosas.

Del mismo modo, los trámites administrativos para alquilar la vivienda dependen de la comunidad autónoma en la que se ubique: permisos de la comunidad de vecinos, del Ayuntamiento, inscribir la vivienda en el registro correspondiente o labores de higiene anti Covid son alguno de los requisitos que se exigen al propietario para que pueda alquilar una vivienda para uso vacacional.

Otros consejos son igualmente útiles, nos encontremos donde nos encontremos y que permiten evitar sorpresas durante el tiempo en que la vivienda permanece ocupada o cuando el inquilino finaliza la ocupación. Así, por ejemplo, se aconseja realizar una lista o inventario con todo el mobiliario y enseres que se dejan en la casa para poder actuar en caso de desperfectos causados por el inquilino al finalizar el período de alquiler. Muchas personas hacen fotografías y las incluyen como anexo al contrato para comprobar el estado de conservación inicial y el posterior. Todos los objetos de valor o sentimentales, deberían estar fuera del alcance del inquilino y resguardados en otro lugar, incluso habría que pensar en la contratación de un seguro de alquiler para evitar desagradables sorpresas.

Tanto para el propietario como para el inquilino, el alquiler puede materializarse verbalmente, aunque siempre es recomendable firmar un contrato por escrito en el que queden bien claras las bases del alquiler: duración de la estancia, precio, responsabilidades de cada parte, etc..

Desde Zaballos Abogados aconsejamos ponerse en manos de un profesional para asesorarse convenientemente antes de emprender cualquier acción de alquiler y realizar acciones preventivas en lugar de correctivas.

Contáctanos

¿Tienes alguna duda sobre nuestros servicios, deseas hacernos una consulta? cuéntanos, estamos para ayudarte.

Open chat
1
Hola! Quiere chatear con un abogado?
Escanea el código
Hola! Quiere hacer una consulta a un abogado experto?