Comunicado — Diligencias Previas 1625/2021

Comunicado oficial · 16 de junio de 2026

El procedimiento ha sido reabierto

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado la reapertura de las diligencias penales y la continuación de la investigación.

Expediente Diligencias Previas 1625/2021
Juzgado Instrucción nº 34 de Madrid
Auto de fecha 11 de junio de 2026
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Procedimiento activo — Investigación en curso Comunicado emitido el 16 de junio de 2026

Contexto

¿Qué había ocurrido hasta ahora?

El pasado 20 de mayo de 2025, el Juzgado de Instrucción nº 34 de Madrid dictó un Auto acordando el sobreseimiento provisional de las actuaciones seguidas en las Diligencias Previas 1625/2021. En la práctica, ello suponía una paralización temporal de la investigación relacionada con las inversiones en criptomonedas y las actuaciones de N2 Group Corporation Limited, Niwo Fintech Limited, N2Coin, Igor Carbajo Alba y demás investigados.

Frente a esa resolución, varios de los perjudicados —entre ellos Guillem Balsells Gonfaus, Jerónimo Molero Doval y Zulema Fernández González— interpusieron los correspondientes recursos de reforma y de apelación. Su determinación de no aceptar el archivo provisional ha dado sus frutos: la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 16ª) ha estimado parcialmente sus pretensiones y ha ordenado la reapertura del procedimiento.

Cronología del procedimiento

Hitos relevantes de la causa

2021

Incoación de las Diligencias Previas 1625/2021 ante el Juzgado de Instrucción nº 34 de Madrid. Inicio de la investigación penal por presuntos delitos relacionados con inversiones en criptomonedas.

20 de mayo de 2025

El Juzgado dicta Auto de sobreseimiento provisional. La investigación queda paralizada temporalmente.

Junio – Septiembre 2025

Interposición de recursos de reforma y de apelación por parte de los perjudicados a través de la representación letrada.

2026

La Audiencia Provincial de Madrid (Sección 16ª) estima parcialmente los recursos y ordena la reapertura del procedimiento.

11 de junio de 2026

El Juzgado dicta nuevo Auto en cumplimiento de la resolución de la Audiencia: reapertura formal de las Diligencias Previas 1625/2021 y acuerdo de nuevas diligencias de investigación.

Contenido del Auto de 11 de junio de 2026

Tres medidas acordadas por el Juzgado

I

Reapertura formal

Se decreta formalmente la reapertura de las Diligencias Previas 1625/2021, quedando sin efecto la situación de archivo provisional en que se encontraba el procedimiento.

II

Traslado al Ministerio Fiscal

Se ordena dar traslado de la reapertura al Ministerio Fiscal, a fin de que tenga conocimiento de la continuación de la causa y pueda ejercer sus funciones en el procedimiento.

III

Nueva diligencia de investigación

Se acuerda tomar declaración, en calidad de investigada, a Sindu Nagalingam. Dado que reside en la República de la India, se librará una comisión rogatoria internacional a las autoridades indias para practicar la diligencia en su territorio.

⚖️

Valoración del despacho

Una noticia favorable para los afectados

Esta resolución supone la reactivación de un procedimiento que se encontraba paralizado y la continuidad de la investigación frente a N2 Group Corporation Limited, Niwo Fintech Limited, N2Coin, Igor Carbajo Alba, Jerónimo Molero Doval y el resto de personas investigadas en la causa. El recurso interpuesto por los perjudicados ha dado resultado: la Audiencia les ha dado la razón y el procedimiento continúa su curso.

Próximos pasos

Lo que conviene saber de aquí en adelante

Sobre los plazos: la tramitación de una comisión rogatoria internacional requiere plazos considerablemente más extensos que las diligencias practicadas dentro del territorio nacional, al depender de los trámites y tiempos de respuesta de las autoridades del país requerido. Es previsible que transcurra un periodo de tiempo razonable hasta que se reciba el resultado de dicha declaración y el procedimiento continúe avanzando.

Sobre los recursos: contra este Auto cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días. Dado que la resolución resulta favorable a los intereses de los perjudicados, no se considera necesario ni procedente la interposición de recurso alguno por nuestra parte.

Seguimiento: desde el despacho continuaremos realizando un seguimiento exhaustivo del procedimiento y les mantendremos puntualmente informados de cualquier novedad, en particular en lo relativo al resultado de la comisión rogatoria.

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